Regularización Dominial
Todas las gestiones relacionadas a la regularización dominial.
Este trámite es bajo ley 24.374.
Se obtiene un Acta que se inscribe en el Registro de la Propiedad Inmueble a favor del beneficiario.
Requisitos
- Posesión por Causa licita.
- Ocupación pública, pacífica y continua con anterioridad al 1 de enero de 2006.
- Destino vivienda única y permanente.
Documentación personal requerida
- DNI, CUIL/CUIT del solicitante, (con domicilio actualizado).
- Acreditación del estado civil (acta de matrimonio, certificado de defunción, sentencia de divorcio).
- Documentación del inmueble requerida: (original y fotocopia)
- Boleto de compra-venta, sesión (documentada), libretas de pago etc.
- Recibos de pagos de impuestos municipales y provinciales (1 por año).
- Recibos de pagos de servicios, Ej. luz, agua, gas etc. (1 por año).
- Plancheta catastral y planos de cualquier tipo si los hubiera.
- Fotografías del inmueble.
- Declaración jurada de posesión.
- Facturas de mejoras.
- Numeración domiciliaria.
- Cualquier tipo de documentación que acredite la posesión: Certificados de nacimiento, escolares, laborales, médicos Etc.
- En todos los casos en la documentación aportada debe constar nombre, fecha y domicilio del inmueble que se pretende regularizar.
Costos
El trámite será gratuito en todos los actos y procedimientos contemplados por esta ley, salvo una contribución única del 1% del valor fiscal del inmueble a determinarse por el escribano actuante.
El acta será entregada en acto público.
Más trámites relacionados
Para iniciar el trámite, necesitás:
- DNI con domicilio actualizado en el inmueble solicitado.
- Fotografías del inmueble solicitado (Actuales).
- Informe de Dominio emitido por el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires actualizado a la fecha de presentación.
- Boleto de compra-venta con firma certificada del vendedor y acreditación de su titularidad.
- Cesión de boleto de compra-venta con cadena de certificaciones.
- Cesión de derechos posesorios con firma certificada y documentada.
- Factura paga de servicios a nombre del solicitante.
- Certificado de alumno regular, y cualquier otra documentación donde conste el domicilio declarado.
De corresponder ser realizará amplio informe ocular y de constatación sobre la vivienda.
Es amparado por Ley 10830.
Documentación necesaria
- Escritura antecedente.
- Boleto de compra venta (certificado).
- DNI, constancia de CUIT- CUIL o CDI del comprador y del vendedor.
- Acta de matrimonio, en su caso sentencia de divorcio.
- Autorización del vendedor para escriturar.
En caso de fallecimiento del titular de dominio:
- Escrito donde se denuncia el bien a escriturar.
- Declaratoria de Herederos.
- Auto que ordena la inscripción de la Declaratoria de Herederos, con relación al inmueble que se pretende transferir.
- Pago de tasa de justicia y sobretasa.
- Constancia de cumplimiento del art. 20 y 21 de la Ley 6.716.
Toda la documentación deberá ser presentada en original y fotocopia.
También necesitás
- Realizar la Encuesta Social mediante el municipio.
- Que el destino de la vivienda sea única, familiar y de ocupación permanente.
- Valuación fiscal.
Beneficios de la escritura social
- Es gratuita.
- Es destinada a beneficiarios de bajos recursos.
- El trámite es el municipio y ante la Escribanía General de Gobierno.
Se solicita cumplidos 10 años desde la inscripción del Acta de Regularización Dominial Ley 24374.
Requisitos
Original y copia de:
- Acta de Regularización Dominial Ley 24374.
- DNI, CUIL/CUIT del solicitante, todos con domicilio actualizado.
- Acreditación del estado civil (acta de matrimonio, certificado de defunción u sentencia de divorcio).
Costos
El tramite será gratuito en todos los actos y procedimientos contemplados por esta ley.
Inscripta el acta de consolidación será entregada por acto público.
Lugar
Oficina de Regularización Dominial
2 de Abril 756, 2do piso.
Contacto
(0237) 485 3332/3414 - Int 162